
FAQ
Respuestas directas a las preguntas más comunes de clientes internacionales. Si la suya no está aquí, pregúnteme directamente.
Cómo trabajar con Miami Global Tax
¿Con quién trabaja?
Personas y empresas con preguntas fiscales internacionales: expatriados, familias internacionales, no residentes, artistas, creadores y empresas que operan en más de un país.
¿Prepara declaraciones nacionales sencillas?
En general, no. Mi práctica se centra en asuntos internacionales. La excepción son las disputas con el IRS, donde mi experiencia puede marcar una verdadera diferencia.
¿Necesito estar en Miami?
No. Atiendo en persona en el sur de Florida y trabajo de forma segura con clientes en cualquier parte del mundo.
¿En qué idiomas atiende?
Inglés, con apoyo en portugués y español.
¿La primera consulta es realmente gratuita?
Sí. Es una conversación de 30 minutos para entender su situación y explicarle cómo puedo ayudar. Sin compromiso.
¿Cuánto cuestan sus servicios?
Cada caso internacional es diferente, así que hago el presupuesto después de la consulta. Recibirá una propuesta clara antes de que comience cualquier trabajo.
¿Su experiencia en el IRS le da acceso especial?
No. Ya no trabajo en el IRS y no tengo ningún acceso especial ni influencia allí. Lo que aporto es experiencia: sé cómo revisa el IRS los casos internacionales y cómo preparar una posición que se sostenga.
Conceptos básicos de impuestos internacionales
Soy un artista extranjero y me presento en EE. UU. ¿Debo impuestos en EE. UU.?
En general, los ingresos por presentaciones en EE. UU. son ingresos de fuente estadounidense y pueden gravarse en EE. UU. aunque usted no sea residente. A menudo están sujetos a retención antes de que le paguen. Un tratado fiscal o una planificación anticipada pueden cambiar el resultado, así que conviene revisarlo antes de la gira.
¿Un tratado fiscal puede ayudarme?
Posiblemente. Muchos tratados fiscales de EE. UU. tienen reglas específicas para artistas y atletas, y el resultado depende de su país, de cuánto gana y de cómo se estructuran los ingresos. Esto es una de las cosas principales que analizo.
¿Cómo sé si soy residente fiscal en EE. UU.?
A efectos fiscales, la residencia suele determinarse mediante la prueba de la green card o la prueba de presencia sustancial, que cuenta los días que pasa en EE. UU. También pueden aplicarse reglas de tratados. Es posible ser residente durante parte del año y no residente el resto.
¿Qué es el FBAR?
Es una declaración de cuentas financieras en el extranjero presentada ante el Tesoro de EE. UU. (formulario FinCEN 114). En general, las personas consideradas estadounidenses a efectos fiscales (US persons) deben presentarla cuando el valor combinado de sus cuentas en el extranjero supera los US$ 10,000 en cualquier momento del año.
¿Cuál es la diferencia entre FBAR y FATCA?
Ambos cubren activos en el extranjero, pero son declaraciones diferentes, con reglas y umbrales diferentes. La declaración FATCA (Formulario 8938) se presenta junto con su declaración de impuestos. Muchas personas deben presentar ambas.
Notificaciones y auditorías del IRS
Recibí una carta del IRS. ¿Qué debo hacer?
No la ignore, y no se apresure a pagar o responder antes de entenderla. Anote el plazo que indica la carta y agende una consulta. Si ya es cliente, suba todas las páginas a su portal.
¿Puede representarme ante el IRS?
Sí. Como CPA, puedo representar a clientes ante el IRS en notificaciones, auditorías y disputas.
¿Una auditoría significa que hice algo mal?
No necesariamente. Muchas auditorías consisten en verificar información. Lo importante es responder correctamente y a tiempo.
Documentos y seguridad
¿Cómo le envío documentos?
Solo a través del portal seguro del cliente. Nunca envíe documentos fiscales por correo electrónico.
¿Mi información es confidencial?
Sí. Su información se maneja con confidencialidad profesional y se comparte únicamente a través de un portal cifrado.
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